21/11/2024 09:48:50

Realiza tus gestiones

con el Ayuntamiento de Piloña

Sin limitación horaria, sin desplazamientos, de forma rápida y segura.

Ayto de Piloña > Inicio > Información del Procedimiento

Sede Electrónica del Ayuntamiento de Piloña



Presentación de ofertas de contratos menores



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Materia Contratación.
Economía, Comercio y Patrimonio.


Periodicidad Continuo.

Tipo de tramitación Procedimiento.

Tipología de la tramitación Interno Común.

Descripción Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Artículo 118. Expediente de contratación en contratos menores.

1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.

2. En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior.

3. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.

4. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando sea requerido por las disposiciones vigentes. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.

5. Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo no será de aplicación en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros.

6. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.



Destinatarios/as Empresas.

Forma de inicio Instancia de parte.

Sujeto Personas jurídicas.

Plazo de presentación El establecido en la comunicación previa.

Canales de realización Electrónico.

Lugar de presentación - En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Tributos Servicio gratuito.

Administración Local.

Centro Directivo Ayuntamiento.

Departamento Departamento competente.

Órgano que resuelve Resolución de Alcaldía.

Resolución Pone fin a la vía administrativa.

Recursos posibles Recurso potestativo de reposición: un (1) mes desde la publicación o desde la notificación.
Recurso contencioso administrativo: dos (2) meses.


Práctica de notificaciones Conforme a la Ley 39/2015, para personas obligadas.


Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Instancia de solicitud: Instancia de solicitud debidamente cumplimentada conforme al formulario web. Obligatorio Telemática
Oferta económica: Oferta económica en base a los requisitos y condiciones establecidos conforme a la comunicación previa. Obligatorio Telemática
Designación del coordinador del contrato, en su caso: Documentación relativa a la designación del coordinador del contrato, en los casos en que resulte procedente. Opcional Telemática
Documentación técnica, en su caso: Documentación técnica que sea necesario adjuntar a la oferta en base a las condiciones del contrato, conforme a la comunicación previa. Opcional Telemática

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 39/2015 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 39/2015
L 9/2017 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Otras Aquella otra aplicable al supuesto.

Tramitación presencial
Descargar
Tramitación telemática
Tramitar